El pasado martes 27 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se da a conocer el factor de actualización a los ingresos totales anuales de una Sociedad por Acciones Simplificada conforme a lo dispuesto en el artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
La figura de Sociedad por Acciones Simplificada, se creó en el año 2016 con el propósito de facilitar los trámites para la constitución de una empresa, estableciendo que los ingresos totales anuales de este tipo de sociedades no podrán ser mayores a 5 millones de pesos ya que en caso de rebasar el monto respectivo, la sociedad por acciones simplificada deberá transformarse en otro régimen societario contemplado en la LGSM, y en el supuesto de que los accionistas no lleven a cabo dicha transformación responderán frente a terceros, subsidiaria, solidaria e ilimitadamente; sin embargo, tal monto será actualizado de manera anual el primero de enero de cada año, para lo cual se tomará en consideración el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año hasta el mes de diciembre inmediato anterior a aquel por el que se efectúa la actualización, y se obtendrá de conformidad con el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación.
Para este año 2023 el factor de actualización a los ingresos totales anuales de una sociedad por acciones simplificada corresponde a 1.0780, y los ingresos totales anuales de una sociedad por acciones simplificada no podrán rebasar de $6,783,425.40 (Seis millones setecientos ochenta y tres mil cuatrocientos veinticinco pesos 40/100 M.N.).