LA OBRA POR ENCARGO

Por: Ricardo Gómez Hernández

La obra por encargo puede definirse como aquella que no es producto de la iniciativa de su autor ni deriva de una idea propia, sino que es desarrollada por éste en razón de la encomienda específica y remunerada que un tercero le solicita (comitente)1. En otras palabras, este tipo de obra nace desde el intelecto de quien la encomienda, pero se materializa por un autor diverso.

Este tipo de obra cobra relevancia debido a que, en función del encargo remunerado que hace el comitente, este obtiene la titularidad de los derechos de explotación económica de la obra, así como los derechos de divulgación, integridad y colección2, los cuales corresponden al rubro de los derechos morales. Por su parte, el autor conserva el derecho de ser reconocido como el creador de la obra. Lo anterior encuentra su fundamento en el hecho de que, aun cuando el concepto y directrices de la obra son proveídas por el comitente, las ideas por sí mismas no son objeto de protección 3 bajo la Ley Federal del Derecho de Autor, sino que estas obtienen su amparo hasta que son plasmadas en un soporte material 4.

Documentar de manera correcta la comisión de una obra es especialmente importante para las partes. Conforme a lo establecido por el artículo 83 bis de la Ley Federal del Derecho de Autor, en caso de que existiera duda sobre los términos del contrato de la obra por encargo prevalecerá la interpretación más favorable al autor5, sin embargo, los perjuicios son igualmente aplicables para ambas partes.


Para el comitente, el no plasmar de manera clara los términos del encargo puede traducirse en la pérdida de los derechos de explotación económica de la obra, es por ello que deberá por lo menos, incluir de manera expresa que:

(i) Le corresponderán los derechos patrimoniales de la obra;

(ii) Le proporcionó las características de la obra al autor material;

(iii) El encargo fue remunerado, y;

(iv) Las facultades relativas a la divulgación, integridad y de colección le corresponderán a él. También deberá evitar las cláusulas que puedan interpretarse como una figura jurídica distinta, como la cesión de derechos o la licencia de uso, debido a que en estas figuras el autor material conserva los derechos patrimoniales de la obra.

Para el autor, será imperioso el verificar si realmente se encuentra frente a la figura de obra por encargo previo a firmar y aceptar cualquier contrato. Entre otras cuestiones, deberá confirmar:

a. Si efectivamente el comitente le proporcionó una instrucción con las características de la obra, y;

b. Si la remuneración coincide con la naturaleza de la misma.

En el caso de que la obra ya hubiese sido creada antes de la celebración del contrato, o que esta hubiese nacido por el ingenio propio del autor, es muy probable que la figura aplicable sería la de la licencia, o una cesión de derechos, la cual por ministerio de ley es temporal y onerosa 6.


6 Artículo 30, segundo párrafo de la Ley Federal del Derecho de Autor

5 Artículo 83 bis, segundo párrafo de la Ley Federal del Derecho de Autor


2 Artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor

3 Artículo 14, fracción I de la Ley Federal del Derecho de Autor

4 Artículo 5 de la Ley Federal del Derecho de Autor


1 Tesis aislada, registro digital número 2016237 de rubro “DERECHO DE AUTOR. LOS ARTÍCULOS 80, PRIMER PÁRRAFO Y 83 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA NO SON NORMAS ESPECIALES EXCLUYENTES, SINO CONVERGENTES, TRATÁNDOSE DE UNA OBRA POR ENCARGO DESARROLLADA EN COAUTORÍA, CUANDO EL COMITENTE PARTICIPE TAMBIÉN EN SU CREACIÓN Y SE TRATE DE UNA COLABORACIÓN PERFECTA”.

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Prestamos servicios en adquisiciones, ventas fusiones, escisiones, reorganizaciones y co-inversiones, representando a clientes nacionales y extranjeros que operan en los diversos sectores industriales y comerciales.

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En Müggenburg, Gorches y Peñalosa prestamos servicios legales en todas las vertientes de práctica del derecho corporativo. Nuestro grupo de profesionales en esta área tiene años de experiencia prestando servicios a clientela tanto nacional como internacional, con las más diversas necesidades y los más altos estándares de exigencia y sofisticación en el servicio. Entre nuestra clientela se encuentran empresas líderes en sus sectores a nivel mundial, como son automotriz, cosméticos, hotelería y turismo, industria alimentaria, industria aeronáutica, programas y sistemas de cómputo, proveedores de la industria petrolera, tecnología entre otros.

Asesoramos a nuestra clientela en la constitución de sociedades mexicanas (mercantiles y civiles) y asociaciones, atendiendo a las necesidades derivadas del segmento de la industria y/o comercio en el que enfocan sus actividades y sus planes a mediano y largo plazo, prestando servicios además para el cumplimiento de los requerimientos regulatorios que en su caso pudieran aplicar, incluyendo los derivados de inversión extranjera directa, competencia económica y la obtención de licencias y permisos necesarios para su operación. Nuestros servicios se extienden igualmente a la prestación de servicios corporativos dentro del curso ordinario de los negocios de nuestros clientes, incluyendo asesoría en la elaboración, revisión y negociación de todo tipo de contratos civiles y mercantiles, y la custodia, actualización y mantenimiento de libros corporativos. Prestamos también servicios relacionados con la apertura y manejo de sucursales en México de sociedades extranjeras.

Representamos a grupos corporativos y/o de inversión nacionales y extranjeros en la adquisición de, y/o fusión con, entidades de negocios mexicanas, y en otras ocasiones también representamos a entidades mexicanas adquiridas. En ambos casos, prestamos servicios de auditoría legal para prever las posibles contingencias de la operación, localizar áreas de oportunidad y ayudar a determinar el valor de la sociedad a ser adquirida. Igualmente, en la representación del adquirente, elaboramos la documentación legal de la operación (específicamente contratos de compraventa de acciones y/o de asociación, con todos sus anexos y contratos accesorios), y llevamos a cabo la negociación de los mismos con la contraparte. Igualmente, en estos casos participamos directamente en la tramitación y obtención de cualesquiera autorizaciones, permisos, licencias y títulos de concesión requeridos para la operación de nuestros clientes, y asesoramos en los avisos y notificaciones a entidades gubernamentales, incluyendo notificaciones a resoluciones y opiniones de la Comisión Federal de Competencia Económica.

Prestamos servicios de asesoría para la restructura y reorganización corporativa, incluyendo también a grupos corporativos internacionales con presencia en México. En estos casos hemos trabajado coordinadamente con grupos de asesores financieros y contables tanto de México como del extranjero, y hemos coordinado auditorías legales de subsidiarias de entidades adquiridas en varios países de Latinoamérica (Argentina, Brasil, Chile, Colombia y Perú, entre otros, con asesores legales locales en cada caso).

Asesoramos en operaciones de asociación en participación, “joint-ventures”, elaboración y negociación de convenios entre accionistas, fusión y escisión de personas morales, establecimiento de fideicomisos de cualquier tipo, constitución de garantías sobre cualquier tipo de bienes, recompra de acciones por parte de sociedades que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores, así como en la estructura de planes de opción de compra y otro tipo de operaciones corporativas especializadas.

También prestamos servicios para el desarrollo de mecanismos que permitan prever y manejar en forma eficiente y eficaz, potenciales conflictos entre accionistas; al respecto, hemos representado a grupos de accionistas de sociedades mexicanas en la implementación de acciones corporativas para la defensa de sus intereses frente al resto de los accionistas y la propia Sociedad en temas internos de control corporativo, generalmente en coordinación con áreas de litigio en materia mercantil y civil.

Dependiendo de cada proyecto u operación en particular, nos apoyamos en otras áreas de especialidad de la Firma, a efecto de prestar servicios integrales, bajo los más altos estándares de calidad y eficacia.

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