El jueves 8 de junio de 2023, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo – Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, la cual establece las obligaciones del patrón, de los trabajadores bajo la modalidad de Teletrabajo y las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
Dentro de las obligaciones del patrón encontramos las siguientes:
• Contar con un listado de los trabajadores en Teletrabajo.
• Los lugares de trabajo deberán disponer de conectividad y contar con las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
• Se debe establecer por escrito una Política de Teletrabajo que cumpla con las disposiciones del contrato colectivo de trabajo o del reglamento interior de trabajo, estableciendo la duración del horario de labores pactado, incluyendo el derecho a las pausas para descanso y a la desconexión.
• Informar a los trabajadores sobre los riesgos relacionados con el Teletrabajo y de la posible exposición a agentes y factores de riesgo.
• Contar con la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo.
• Establecer el proceso para cambiar de la modalidad presencial a Teletrabajo y viceversa.
• Proporcionar al trabajador una silla ergonómica y los insumos necesarios para cumplir con el trabajo.
• Brindar capacitación a los trabajadores mínimo una vez al año y dar mantenimiento a los equipos.
• Practicar los exámenes médicos correspondientes y contar con mecanismos de atención para casos de violencia familiar.
Asimismo, la NOM-037-STPS-2023 señala las obligaciones que deben cumplir las personas que trabajen bajo la modalidad de Teletrabajo dentro de las cuales están:
• Cumplir con la política de teletrabajo.
• Informar cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, que impidan el desarrollo del Teletrabajo.
• Resguardar y conservar en buen estado los equipos, materiales, útiles y mobiliario ergonómico proporcionados por el patrón para realizar el Teletrabajo.
• Observar las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, y someterse a exámenes médicos.
• Atender las políticas y mecanismos de protección de datos e información establecidos por el patrón, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.
• Informar por escrito al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal, al lugar de trabajo previamente acordado.
• Participar en los procesos de información de riesgos relacionados con sus actividades de Teletrabajo y de capacitación que le proporcione el patrón, así como en las reuniones presenciales o virtuales organizadas para evitar el aislamiento social.
• Avisar de los riesgos de trabajo que sufra.
La NOM-037-STPS-2023 también establece las condiciones de seguridad y salud en el trabajo para evitar riesgos de trabajo provocados por agentes físicos, por factores de riesgo ergonómico y por factores de riesgo psicosocial.
La Norma Oficial Mexicana 037 entrará en vigor en diciembre 2023 y se puede consultar en la siguiente liga:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5691672&fecha=08/06/2023#gsc.tab=0