Por: Leslie Ortiz Martínez
Otra norma destacada en el ámbito del Compliance es la ISO 73001:2016 “Sistemas de Gestión Antisoborno”, que está diseñada para ayudar a cualquier tipo de organización, desde pequeñas y medianas empresas a hasta públicas de gran escala, a establecer, implementar y mantener un programa de cumplimiento antisoborno. La norma incluye una serie de controles y medidas que representan buenas prácticas antisoborno, consideradas como tales a nivel global, por lo que puede ser aplicada en cualquier país. Estas medidas abarcan sobornos hechos por las mismas organizaciones, sus empleados o socios de negocio para su propio beneficio, así como sobornos ofrecidos a las mismas en relación con sus actividades, ya sean directos o indirectos.
En la introducción de la norma se habla acerca de los efectos negativos del soborno sobre la sociedad, la política y la economía y de cómo los gobiernos han hecho esfuerzos a nivel legislativo para combatirlo, sin embargo, se destaca que la ley por si sola no es suficiente para resolverlo y que es necesaria la participación de las organizaciones. Se habla de que los riesgos de soborno no son iguales para todas las organizaciones, depende en gran medida del tipo de actividades que desarrollan, el lugar en el que se encuentran y el tamaño de estas, por ello esta norma, especifica la implementación de las políticas, procedimientos y controles que sean razonables y proporcionales de acuerdo con los riesgos de soborno a los que se enfrenta cada organización.
Para la norma, el concepto de “organización” incluye, entre otros, un trabajador independiente, compañía, corporación, firma, empresa, autoridad, sociedad, organización benéfica o institución, o una parte o combinación de estas, ya estén constituidas o no, públicas o privadas.
Es importante mencionar que el objetivo de la norma se centra en prevenir, detectar y enfrentar el soborno, sin abordar temas específicos como fraude, carteles y otros delitos antimonopolio y competencia o lavado de dinero.
De manera genérica la norma define al soborno como “la oferta, promesa, entrega, aceptación o solicitud de una ventaja indebida de cualquier valor (que puede ser de naturaleza financiera o no financiera), directa o indirectamente, e independiente de su ubicación, en violación de la ley aplicable, como incentivo o recompensa para que una persona actúe o deje de actuar en relación con el desempeño de las obligaciones de esa persona”, sin embargo es importante mencionar que la definición correcta será la que proporcione la legislación aplicable para cada organización.
Esta norma es a su vez certificable y lo que se requiere es que la organización desarrolle un sistema de gestión que implemente las medidas y controles razonables y apropiados para ayudar a prevenir, detectar y abordar el soborno lo que puede incluir entre otras cosas: i) evaluaciones de riesgos, entendiendo a estos últimos como efectos o desviaciones de lo esperado, ya sea positivo o negativo; ii) controles de personal y capacitación, donde se contempla a directores, funcionarios, empleados y trabajadores temporales y voluntarios ya que cada uno representa distintos tipos y grados de riesgo; iii) liderazgo, compromiso y responsabilidad de la dirección; iv) controles financieros, comerciales y contractuales; v) presentación de informes, supervisión, investigación y examen de las medidas y controles aplicados.
Otros de los componentes destacados en el sistema de gestión se refieren en primer lugar a la Política Antisoborno que adopte la organización, que apunta a las intenciones de esta y el cómo las expresa formalmente su alta dirección o su órgano de gobierno. Por otro lado, encontramos al Due diligence en proyectos y socios comerciales entendido como el proceso para evaluar con mayor detalle la naturaleza y alcance del riesgo de soborno y para ayudar a las organizaciones a tomar decisiones en relación con transacciones, proyectos, actividades, socios de negocio y personal específicos.
Por último, es de suma importancia mantener una acción correctiva y mejora continua del sistema de gestión adoptado, para asegurarse de que se están tomando las medidas adecuadas a cada caso, lo cual podrá tener como consecuencia garantías a inversionistas, empleados, clientes y otras partes interesadas de que una organización está tomando medidas razonables para prevenir el soborno.
Como referencia y para más información se puede consultar la norma en los siguientes links: